Solicitud de Información
Para formular una Solicitud de Acceso a la Información según lo establecido en la Ley 20.285 de Transparencia de la Función Pública y de Acceso a la Información de la Administración del Estado, pinche
aquí.
Consulta
Si necesita información que no se encuentra disponible en este sitio web sólo debe rellenar sus datos en el
siguiente formulario y le responderemos en un plazo máximo de dos días hábiles. De antemano agradecemos su interés en escribirnos.
Reclamo
Envíe su reclamo exclusivamente en contra del CNTV a través del
siguiente formulario y le responderemos en un plazo máximo de dos días hábiles. De antemano agradecemos su interés en escribirnos.
Sugerencia
Envíe sus datos a través del
siguiente formulario con la sugerencia pertinente y le responderemos en un plazo máximo de dos días hábiles. De antemano agradecemos su interés en escribirnos.
Denuncias de Programas
Si usted considera que algún programa presenta contenidos inapropiados u ofensivos con relación a las normas sobre contenidos de televisión, complete el
formulario de denuncias entregando la mayor cantidad de datos para facilitar la labor de fiscalización de este Consejo.
Su denuncia debe ser realizada dentro de un plazo máximo de 10 días a contar de la fecha de emisión del programa.
Para obtener información sobre el estado de tramitación de su denuncia, usted debe
registrarse como usuario.
Si la denuncia reúne los requisitos mínimos para acogerla a tramitación, los equipos profesionales del CNTV realizan un informe técnico del programa que luego es conocido por los miembros del Consejo, quienes deciden, en definitiva, si la denuncia amerita o no la formulación de un cargo. En caso de que decida formular cargos, el canal de televisión tiene el plazo de 5 días para presentar sus descargos. Vencido este plazo, con o sin descargos, el Consejo resuelve si aplica una sanción o si acepta los descargos del canal. La sanción puede consistir en amonestación, multa (no inferior a 20 ni superior a 200 UTM), suspensión de las transmisiones o caducidad de la concesión.
La resolución que imponga una sanción a un canal de televisión es apelable ante la Corte de Apelaciones de Santiago y la que declare la caducidad de una concesión es apelable ante la Corte Suprema.